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febrero 21, 2020

Alcalde de San Javier y ambientalistas valoran fallo de la Corte de Apelaciones en favor de los vecinos de Arbolillo




La Corte de Apelaciones acogió el recurso de protección en contra de Coexca presentado por ambientalistas de la agrupación Maule sur por la vida y el INDH. En un plazo de 30 días la empresa debe cumplir con la resolución de calificación ambiental.


“Con justicia la Corte de Apelaciones ha reconocido en favor de los vecinos de arbolillo y sus alrededores, lo que ha sucedido con la empresa Coexca, de vulnerar los derechos humanos de los vecinos de mi comuna. Por eso espero que con esta resolución la empresa pueda devolverle la dignidad y la tranquilidad de los vecinos de arbolillo por este tema de la empresa Coexca”, indicó el alcalde Jorge Ignacio Silva ante el recurso de protección en contra de Coexca presentado por ambientalistas de la agrupación Maule sur por la vida y el Instituto Nacional de Derechos Humanos, acogido por la Corte de Apelaciones de Talca. 

El edil agregó que “con esta situación se ha reconocido también lo que tantos vecinos han venido protestando y viendo que si se les tome en cuenta. Ojalá que de ahora en adelante la empresa tome razón y pueda entonces mejorarle la calidad de vida a todos estos vecinos”.    

Maule Sur por la Vida
En tanto, la organización ambientalista "Maule Sur por la Vida", en sus redes sociales compartió lo que a su juicio considera un nuevo triunfo la decisión del Tribunal de Alzada que en su fallo "reconoce que todos los antecedentes presentados por vecinos, la agrupación y la Municipalidad, comprueban que la contaminación en la zona es producto del criadero de cerdos de Coexca, y que el proceso de evaluación, incluyendo el del año 2008, presenta irregularidades. COEXCA MIENTE!!!"


"Dimos un gran golpe a tremenda empresa, que llegó a invadir NUESTRO TERRITORIO, a contaminar y extraer bajo sus intereses económicos", expresaron.

En la misma publicación copiaron párrafos que consideran importantes de la sentencia:

"... cabe destacar que los informes aludidos y ladocumental precedentemente señalada, establecen claramente la presencia de olores molestos de diversas intensidades, con efectos sanitarios en la población local, y que el proceso de crianza de cerdos no se ha ajustado a los términos de la Resolución de Calificación Ambiental N 165 del 2 de octubre de 2.008, presentando además, las instalaciones de la recurrida, diversas anomalías que hacen coherente los hechos establecidos precedentemente y cuya autoría debe ser imputada a la actividad llevada a cabo por la recurrida, Agrícola Coexca S. A."

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